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La nueva orden de incendios de Castilla-La Mancha tensa al campo por las restricciones a la cosecha del cereal

campo y medio ambiente

Desde la vasta extensión de las llanuras cerealistas de Castilla-La Mancha, emerge una nueva normativa que redefine el delicado equilibrio entre la protección medioambiental y la actividad agraria. La Consejería de Desarrollo Sostenible ha promulgado una orden que regula las medidas preventivas, el uso del fuego y las actividades susceptibles de generar incendios forestales, extendiendo su jurisdicción sobre el medio rural, los terrenos forestales y una zona de influencia de 400 metros. Este marco regulatorio, en sintonía con la legislación estatal y autonómica sobre montes, gestión de residuos, conservación de la naturaleza y protección frente al fuego, establece un calendario de riesgo fundamentado en la época del año y en el Índice de Propagación Potencial (IPP) de cada municipio. La relevancia de este suceso radica no solo en la imperiosa necesidad de combatir los incendios forestales, un flagelo recurrente en el estío español, sino en las significativas repercusiones que sus restricciones imponen al sector primario, particularmente a la cosecha del cereal, un pilar económico y cultural de la región. El presente artículo profundiza en los pormenores de esta orden, analizando sus implicaciones y el creciente malestar que genera entre los agricultores, quienes se ven obligados a operar bajo un nuevo paradigma de limitaciones y exigencias burocráticas.

Temporalización del Riesgo y sus Implicaciones Operativas

La nueva orden establece una segmentación temporal del riesgo de incendios que condiciona directamente las labores agrícolas y forestales a lo largo del año. De forma general, la comunidad autónoma considera la época de peligro extremo desde el 1 de julio al 31 de agosto. El nivel de riesgo alto se extiende durante los meses de junio y septiembre, periodos cruciales para diversas etapas del ciclo agrícola. Los meses de mayo, octubre y el periodo correspondiente a la Semana Santa se catalogan como de riesgo medio, mientras que el resto del año permanece bajo la categoría de peligro bajo. Esta calendarización, si bien proporciona un marco predictivo, introduce rigideces que pueden no alinearse con las particularidades climáticas o agronómicas de cada campaña. La propia normativa contempla la posibilidad de modificar estas fechas de forma transitoria, siempre que las condiciones meteorológicas o el estado de la vegetación así lo aconsejen, un atisbo de flexibilidad que, sin embargo, no mitiga la preocupación del sector ante la incertidumbre operativa.

Restricciones Críticas ante Nivel Muy Alto o Extremo de IPP

Uno de los ejes más sensibles de la orden para el sector agrario se manifiesta cuando el IPP de un municipio alcanza el nivel muy alto o extremo. En este escenario, la normativa impone prohibiciones estrictas que afectan directamente la actividad en el campo. Queda terminantemente prohibido encender fuego en espacios abiertos dentro del monte y en un radio de 400 metros de influencia forestal, una medida de amplio espectro que impacta vastas extensiones de terreno cultivable. Además, se suspenden temporalmente todas las autorizaciones de quema previamente concedidas, un golpe para prácticas agrícolas que aún dependen de la quema controlada de rastrojos o restos vegetales. La prohibición se extiende al uso del fuego en áreas de descanso de carreteras, zonas recreativas y acampadas, incluso aquellas específicamente habilitadas, lo que subraya la amplitud de la precaución. A esto se suma la limitación del uso de maquinaria o equipos que puedan provocar chispas, deflagraciones o descargas eléctricas en el entorno forestal, una medida que afecta a tractores, empacadoras y otra maquinaria esencial para la cosecha. La prohibición del uso del fuego en el monte se mantiene de forma permanente, salvo excepciones expresamente previstas, como las quemas prescritas por personal cualificado o la quema de restos vegetales autorizados. Tampoco se permite la circulación de vehículos a motor fuera de pistas forestales, salvo por motivos específicos de gestión agroforestal, vigilancia, emergencias o mantenimiento de infraestructuras de interés público. Estas limitaciones, aunque fundamentadas en la prevención, conllevan una reconfiguración de los tiempos y métodos de trabajo en el campo, con potenciales demoras y costes adicionales para los agricultores.

Excepciones y el Mecanismo de Declaración Responsable

La orden, consciente de la necesidad de cierta flexibilidad, incorpora excepciones y una vía intermedia a través de la declaración responsable. En días con IPP muy alto, se permite la cosecha de leguminosas, papaveráceas, plantas aromáticas, oleaginosas y forrajeras en verde. Asimismo, se autoriza la cosecha y el empacado de cereal en parcelas inferiores a cinco hectáreas dentro de la franja de protección. Otras actividades permitidas incluyen el movimiento de tierras para crear fajas perimetrales contra incendios, el uso de armas de fuego en actividades cinegéticas conforme a la normativa vigente y el empleo de maquinaria destinada a la prevención o extinción de incendios. Este conjunto de excepciones, si bien alivia parcialmente la presión, no cubre la totalidad de las necesidades del sector cerealista. Es aquí donde la orden introduce una vía intermedia: determinadas actividades podrán realizarse durante las épocas de peligro alto y extremo, y también en jornadas con IPP muy alto, siempre que se presente previamente una declaración responsable. Este apartado es crucial para la viabilidad de muchas explotaciones, incluyendo la cosecha y empacado de cereal en parcelas de cinco hectáreas o más dentro del radio de 400 metros. También se incluyen el uso de maquinaria forestal ligera, motores de combustión para generadores o bombas hidráulicas, maquinaria pesada para trabajos forestales, actuaciones urgentes en infraestructuras públicas esenciales y el uso de herramientas apícolas y ahumadores. Este mecanismo de declaración responsable traslada al agricultor una parte de la carga burocrática y de la responsabilidad en la evaluación del riesgo, lo que requiere un conocimiento detallado de la normativa y una gestión proactiva para evitar sanciones o interrupciones en las labores agrícolas.

Análisis de las Repercusiones y la Voz del Campo

Las organizaciones agrarias, como ASAJAS Castilla-La Mancha, han reconocido la gravedad de los incendios forestales como un problema social de primer orden. No obstante, rechazan vehementemente que se señale al campo como el principal responsable o chivo expiatorio de esta problemática. Defienden que los agricultores son, en realidad, una parte integral de la prevención de incendios, al mantener el terreno cultivado, limpiar linderos y actuar como vigilantes naturales del territorio rural. Históricamente, han colaborado con las administraciones en la vigilancia y el control, aportando un conocimiento profundo del medio y una presencia constante que a menudo actúa como primera línea de defensa. Las nuevas restricciones, por tanto, generan una profunda preocupación por sus repercusiones económicas a largo plazo. La imposibilidad de cosechar o empacar cereal en las ventanas óptimas debido a las prohibiciones de maquinaria o las demoras burocráticas puede significar pérdidas sustanciales, afectando la rentabilidad de explotaciones ya de por sí castigadas por la volatilidad de los precios y el aumento de los costes de producción. Esta tensión no es un incidente aislado en el panorama agrario español, que ya ha manifestado su descontento en múltiples ocasiones, como se observa en El Campo Español se Moviliza: Protestas Clave Contra Recortes de la PAC y Acuerdo con Mercosur. La orden de Castilla-La Mancha, aunque bienintencionada en su objetivo de protección, subraya la complejidad de conciliar la conservación ambiental con la viabilidad del sector primario. Requiere un enfoque que no solo considere las variables de riesgo de incendio, sino también las socioeconómicas, fomentando la colaboración en lugar de la imposición. La necesidad de un análisis profundo y de una implementación que no ahogue la actividad agraria es crucial para evitar el abandono rural, que a su vez, lejos de prevenir, podría agravar el riesgo de incendios al dejar extensas zonas sin gestión ni vigilancia.

Conclusión: Implicaciones Estratégicas y el Futuro del Ecosistema Rural

La nueva orden de incendios de Castilla-La Mancha representa un punto de inflexión en la gestión del riesgo de incendios forestales y su interacción con el sector agrario. Las implicaciones estratégicas de esta normativa son amplias y multifacéticas. Por un lado, evidencia una respuesta necesaria ante la creciente amenaza de incendios, intensificada por el cambio climático y la desertificación. La protección de los ecosistemas forestales y la seguridad de las poblaciones rurales son imperativos innegables. Sin embargo, la implementación de estas medidas sin una evaluación exhaustiva de su impacto real sobre la actividad económica y social del campo, particularmente la cosecha de cereal, podría generar efectos contraproducentes. Las restricciones a la maquinaria en momentos críticos de la recolección, la carga burocrática de las declaraciones responsables y la percepción de criminalización del agricultor pueden mermar la rentabilidad de las explotaciones, empujar al abandono de tierras y, paradójicamente, aumentar el riesgo de incendios al eliminar la labor preventiva inherente a la actividad agrícola y ganadera. La estrategia a largo plazo debe trascender la mera prohibición, articulando políticas que incentiven la gestión sostenible del territorio, reconozcan el papel esencial del agricultor como agente medioambiental y provean los recursos necesarios para la adaptación a estas nuevas realidades. La articulación de normativas de esta índole requiere un análisis que trascienda la mera regulación técnica, adentrándose en las esferas del impacto social y la construcción del relato político, un tema explorado en profundidad en OPINIÓN | Hungría, España y la construcción del relato político: Un análisis crítico. El futuro del ecosistema rural en Castilla-La Mancha dependerá no solo de la letra de la ley, sino de la capacidad de sus gestores para fomentar el diálogo, la colaboración y la búsqueda de soluciones integrales que salvaguarden tanto el patrimonio natural como la vitalidad socioeconómica de sus habitantes.

https://periodicoclm.publico.es/articulo/medio-ambiente/orden-incendios-castilla-mancha-restricciones-cosecha-cereal-asaja/20260529174207030415.html

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